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Te interesa - El Blog de DDC Gestión Inmobiliaria
noviembre 2021

Así funciona la nueva plusvalía municipal



  • Alternativas del cálculo del impuesto
  • Novedades de la nueva normativa de la plusvalía

La nueva plusvalía municipal adapta el impuesto a los vaivenes del mercado inmobiliario, de tal manera que busca que se pague plusvalía solo en caso de que se venda o se traspase una vivienda cuando ha habido una ganancia. Quien venda una casa em perdidas estará libre del pago. Entrando en vigor el pasado martes 9 de noviembre con su publicación en el BOE.

Se establecen dos alternativas de calculo del impuesto, por un lado, la formula objetiva y, por otro lado, la formula real.

En el primer caso, se multiplicará el valor catastral del inmueble con unos nuevos coeficientes. Cada año se aprobará unos coeficientes nuevos que irán considerados, en la ley de Presupuestos Generales del Estado y evolucionaran en función del mercado inmobiliario. Se trata de un método optativo, ya que el contribuyente tiene la posibilidad de tributar en función de la plusvalía real obtenida en el momento de la transmisión del inmueble.

En el segundo caso, será calculado de la diferencia entre el precio de venta o traspaso y el precio de compra o adquisición del inmueble. Si el contribuyente demuestra que la plusvalía real es inferior a la resultante del método de estimación objetiva, podrá aplicar la real.

El tributario podrá elegir entre estos dos modelos, aquel que sea mas conveniente para él. Este impuesto grava el valor catastral de suelo del inmueble, no del vuelo.

Otra de las novedades es que serán gravadas las plusvalías generadas en menos de un año, calculadas entre la fecha de adquisición y la de enajenación.

Se establece también, que la base imponible del impuesto será el resultado de multiplicar el valor catastral del suelo en el momento del devengo por los coeficientes que aprueben los Ayuntamientos, que en ningún caso podrán exceder de los que se indican en función de los años transcurridos desde la adquisición del inmueble.

Además, se observa la posibilidad de que los Ayuntamientos, a los solo efectos de este impuesto, corrijan un 15% a la baja los valores catastrales del suelo en función de su grado de actualización. Esto garantiza que el tributo se adapte a la realidad inmobiliaria a cada municipio.

Gtres