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Te interesa - El Blog de DDC Gestión Inmobiliaria
octubre 2022

¿Qué pasos debo seguir al heredar una vivienda en Navarra?



Te explicamos todo lo que debes saber desde la aceptación de herencia hasta la venta del inmueble.

El importe que se tributa depende, entre otros factores, del parentesco y del valor del inmueble.


Esta es una de las consultas que más nos repiten: “Acabamos de heredar una casa y no sabemos muy bien qué hacer, ¿por dónde debemos empezar?”. Antes de convertirnos en propietarios de una vivienda heredada, debemos resolver varias cuestiones y podemos encontrarnos con varias particularidades. Os desgranamos las principales recomendaciones para facilitar todos los trámites al heredar una vivienda y poder disponer de ella.

¿Cómo lograr la adjudicación de la vivienda heredada?

Para poder reclamar cualquier bien heredado se requiere la comparecencia en notaría de los herederos recogidos en el testamento y será necesario aportar:

  • El testamento
  • El certificado de defunción
  • El certificado de últimas voluntades
  • Las escrituras de la vivienda

¿Hay un plazo para la aceptación de herencia?

No hay un plazo como tal para la aceptación de la herencia. Sin embargo, sí lo hay para la posterior presentación de los impuestos de los bienes heredados y es de 6 meses. Estos impuestos dependerán, como veremos a continuación, del valor de tasación del inmueble.


¿Qué impuestos me corresponden si heredo un inmueble?

Se deben pagar dos impuestos: El de sucesiones y el de la plusvalía municipal.

El primero de ellos ha de pagarse en cualquier herencia, sin importar el tipo de bienes que se percibe y será un determinado porcentaje sobre el valor total de lo heredado. Dicho porcentaje se determina en función del valor de lo heredado y del grado de parentesco de los herederos. De esta forma, en Navarra se establece que si la base liquidable es inferior a 250.000€ y somos un familiar de primer grado (cónyuge, pareja estable, ascendientes o descendientes en línea recta), no deberemos pagar nada (pero sí presentar igualmente la declaración, con una cuota a pagar de 0€). Mientras que, si hablamos de cantidades superiores y/u otro grado de parentesco, nos moveríamos en porcentajes de entre el 0,8% y el 48% para casos muy extremos.

Aunque el Gobierno de Navarra publica unos valores estimativos para valorar de cara al pago de impuestos, estos tienden a variar bastante respecto al valor de mercado. Para conocer el valor real de mercado de la propiedad, recomendamos consultar a una empresa de tasación o contactar a expertos inmobiliarios como DDC Gestión Inmobiliaria.

¿Por qué es importante conocer el valor exacto de la vivienda? Para no pagar impuestos de más ni, por supuesto, de menos, algo que nos repercutiría negativamente, sobre todo si pretendemos venderla posteriormente. La discrepancia de precio entre la valoración para los impuestos y la venta final nos supondría pagar un impuesto de incremento patrimonial e incluso, si se detecta una tasación muy por debajo de lo estipulado, Hacienda nos podrían reclamar una complementaria.

Por su parte, la plusvalía es un impuesto municipal a cargo del ayuntamiento y que grava sobre el incremento del valor del terreno durante los años en los que se ha poseído. Por esa razón, este impuesto no repercute directamente en el valor del inmueble, sino que la base imponible se calcula en función del valor catastral y su incremento durante los años transcurridos desde su adquisición, hasta un máximo de 20.

Además, en Navarra se puede calcular de dos formas y escoger la que resulte menos gravosa:

  • En cuanto al valor del terreno, teniendo en cuenta el valor catastral en el momento del devengo del impuesto.
  • En relación al porcentaje de incremento, que se calcula multiplicando el número de años enteros transcurridos desde la última transmisión por el coeficiente establecido por el Ayuntamiento, sin que pueda superar el 30%.

¿Qué más gastos puede conllevar heredar una vivienda?

Si hubiera cualquier tipo de gasto y/o deuda asociados al inmueble, como hipotecas, impuestos sobre bienes inmuebles, seguros o similares, será obligación del heredero afrontarlas. Otro de los gastos que debemos contemplar son los del notario, que se encargará de elevar a público la escritura de herencia, así como los gastos relativos a la inscripción de la herencia en el registro de la propiedad.


¿Qué hay que tener en cuenta para vender ese inmueble?

Como ya hemos explicado, es fundamental estudiar tu propiedad y conocer el valor real y actualizado de mercado tanto de cara a tributar por él como para vender, ya que nos conviene que ambos precios sean lo más parejos posible. Si vendiéramos por encima del precio de aceptación de la herencia, deberemos hacer frente al impuesto de incremento patrimonial tras su venta.

Además, antes de poner a la venta el inmueble, debemos asegurarnos de que figuramos de forma oficial como los nuevos propietarios. Para ello, es indispensable acreditarlo mediante la escritura notarial de aceptación de herencia y la inscripción registral de la misma. Esta suele tardar entre unos 21-30 días desde la entrada en el registro la propiedad en estar inscrita a nombre de los nuevos propietarios, aunque dependerá del trabajo que tengan en el registro al que corresponda.

Aunque el proceso de heredar una vivienda no es sencillo y conlleva cierto tiempo, desde DDC Gestión Inmobiliaria podemos ayudarte a gestionarlo y simplificar todos los trámites. Consúltanos y nos encargaremos de todo.